El Tribunal Constitucional ha tomado una decisión parcialmente a favor del presidente del Gobierno de España, al estimar por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la modificación de la ley foral de Contratos Públicos en Navarra. Esta modificación, aprobada en octubre de 2021, ha sido declarada inconstitucional en su artículo único, apartados dos y sesenta y cinco, debido a que excluye ciertos servicios jurídicos del ámbito de la contratación pública, contradiciendo la ley nacional de Contratos del Sector Público.
Según el Tribunal Constitucional, la ley nacional busca garantizar la igualdad y el tratamiento común ante las administraciones públicas al determinar qué servicios deben estar sujetos a la regulación de contratación pública. Por lo tanto, la exclusión de ciertos servicios por parte de la ley foral de Navarra va en contra de este principio fundamental.
En cuanto a los efectos de la sentencia, se destaca que no afectará a situaciones ya consolidadas y que la inconstitucionalidad y nulidad solo aplicarán a contratos celebrados después del fallo del Tribunal Constitucional. Además, se señala que el recurso de inconstitucionalidad en relación con otras partes de la ley foral ha perdido su objeto debido a modificaciones introducidas en los Presupuestos Generales de Navarra para los años 2023 y 2024.
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