PAMPLONA, 14 de mayo. El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona ha fallado en contra del alcalde de la ciudad, Joseba Asiron, en su demanda contra Vox Navarra. El motivo de la controversia radica en un tuit del partido que lo calificaba como "alcalde etarra".
La resolución judicial afirma que el fallo se basa en la jurisprudencia que otorga mayor peso a la libertad de expresión en el contexto político. El juez argumenta que este caso se inscribe dentro de esa realidad, donde la crítica política es un elemento inherente al debate democrático.
El tuit objeto de la discordia indicaba que Asiron, utilizando recursos públicos, estaba patrocinando un cartel para las festividades de San Fermín Chiquito de 2024 que contenía simbología considerada favorable al terrorismo.
Asiron, en su demanda, solicitó una indemnización de 30.000 euros por considerar que su honor había sido vulnerado, cantidad que planeaba destinar a la organización UNRWA Navarra.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez menciona que, aunque atribuir a una persona la pertenencia a un grupo terrorista afecta su honor, la evaluación de tales acusaciones no es tan sencilla. Se requiere un análisis detallado de las circunstancias y el contexto social en que se producen.
El magistrado subraya que el mensaje de Vox proviene de un partido político y se dirige a una figura pública como Asiron. Además, aclara que el cartel en cuestión, aunque no fue creado por el Ayuntamiento, sí fue subvencionado por este, lo que conecta de algún modo al alcalde con la situación que se discute.
Se destaca que la crítica política está en el centro de este asunto, especialmente al tratarse de un evento popular que es parte integral de la cultura local. Asimismo, menciona referencias a símbolos asociados con el terrorismo, como anagramas relacionados con presos de ETA, y la actualidad de algunos miembros vinculados a estas organizaciones dentro de la política vasca.
El juez concluye que las afirmaciones realizadas en el tuit de Vox deben ser interpretadas como parte del intercambio político entre dos posturas ideológicas opuestas: el nacionalismo español de Vox y el nacionalismo vasco de EH Bildu, partido al que pertenece Asiron. Esto se da en el contexto de una controversia sobre el uso de fondos públicos para un cartel que incluye signos de conexión con ETA.
Respecto a la difusión del mensaje, se establece que el perfil de Vox en la red social X cuenta con unos 10.000-11.000 seguidores, cifra que no refleja, según el juez, la magnitud del impacto que Asiron alegó. Con una población en Navarra que se aproxima a los 700.000 habitantes, no se ha evidenciado que el tuit haya tenido una repercusión relevante en medios más amplios.
En relación con el efecto que el mensaje pudo haber tenido en la vida personal y familiar de Asiron, la sentencia señala que no se ha demostrado dicha repercusión y que la carga de la prueba recaía en el alcalde demandante, quien no logró respaldar sus afirmaciones en este punto.
De este modo, el juez ha desestimado la demanda presentada por Asiron, y ha decidido que él debe asumir las costas del proceso. La resolución puede ser apelada ante la Audiencia Provincial de Navarra en un plazo de veinte días a partir de su notificación.
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