Funcionaria víctima de violencia de género obtiene traslado a otra Comunidad por decisión del Tribunal Superior de Navarra
En un fallo contundente, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), liderada por Francisco Pueyo Calleja, ha concedido a una empleada de la Administración foral que ha sido víctima de violencia de género el traslado solicitado a otra región autónoma.
La decisión del TSJN revoca la resolución adoptada por el Gobierno de Navarra, la cual había sido respaldada por el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Pamplona.
De acuerdo con la sentencia, el Gobierno de Navarra rechazó la solicitud de traslado de la recurrente no porque no cumpliera con los requisitos exigidos a las víctimas, sino por falta de adecuación normativa. Los magistrados, al analizar los hechos desde una perspectiva de género, reconocen el derecho de la empleada a que se le conceda su petición de movilidad interadministrativa.
En este caso, la solicitante pidió su traslado a un puesto similar en otra comunidad autónoma en base a una resolución del 16 de noviembre de 2018.
El Gobierno navarro desestimó la solicitud a través de una orden de la consejera de Interior, Función Pública y Justicia. Tras el fallo desfavorable del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, la empleada decidió apelar ante el TSJN.
El Gobierno de Navarra argumentó su oposición alegando que no existía un derecho general para las mujeres víctimas de violencia de género a la movilidad administrativa entre diferentes regiones autónomas, según el Estatuto del Empleado Público y la Ley Integral de Violencia de Género.
Con todo, la Sala de lo Contencioso del TSJN consideró que la falta de adecuación normativa no es motivo suficiente para denegar la petición de la recurrente, ya que se deben contemplar los principios rectores de la Ley Integral de Violencia de Género.
Dichos principios, que garantizan la transversalidad de las medidas para abordar esta problemática social, son cruciales para prevenir y erradicar la violencia de género y brindar asistencia a las mujeres y menores afectados.
Por lo tanto, a pesar de la falta de regulación normativa, los magistrados sostienen que se debe garantizar la protección integral de la funcionaria que ha sido víctima de violencia de género, lo cual podría requerir su traslado a otra comunidad autónoma. La Sala enfatiza la importancia de los principios rectores en este contexto, que deben ser considerados por las autoridades públicas.
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