En una reciente decisión judicial, la Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha impuesto una pena de 3 años de prisión a un hombre que cometió un acto violento al propinar 11 puñaladas y dos golpes en la cabeza con una pala a otro individuo en una localidad de Tierra Estella.
La sentencia, que es susceptible de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, califica los hechos como un intento de homicidio, aunque se aplicó una atenuante por las dilaciones indebidas que acompañaron el proceso judicial.
El agresor, originario de Marruecos, tendrá prohibido acercarse a la víctima a menos de 200 metros durante un periodo de 4 años, además de estar obligado a pagarle una indemnización de 14.560 euros, correspondiente a las lesiones y secuelas resultantes de este ataque.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha decidido sustituir esta pena por la expulsión del país del condenado por un período de 7 años, dado que carece de cualquier vinculación familiar o laboral en España.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 7.30 horas del 4 de septiembre de 2022, cuando la víctima extendió una invitación al acusado para que visitara su hogar. Poco se sabe sobre la relación previa entre ambos y el motivo de su encuentro.
Según el fallo judicial, tras un breve período de tiempo en que se desconoce lo sucedido, el acusado despertó desnudo en la cama de la víctima, quien también se encontraba en la misma condición. Esta situación desencadenó una discusión entre los dos hombres, y el acusado, al parecer con la intención de acabar con la vida de la otra persona, procedió a apuñalarlo en once ocasiones con un cuchillo.
La víctima logró salir de la vivienda, pero no antes de que el acusado le asestara dos golpes en la cabeza con una pala de construcción. A pesar de su violencia, el agresor decidió permanecer en el lugar y pidió ayuda a otros para que alertaran a las autoridades y servicios médicos para atender al herido.
La Audiencia ha señalado que no se ha demostrado que la víctima hubiera hecho alguna insinuación sexual hacia el acusado antes de la pelea, lo que llevó a la absolución de la víctima de un presunto delito de agresión sexual en grado de tentativa.
Previo al juicio, que se llevó a cabo el 13 de enero, la fiscalía había solicitado una pena de 3 años de prisión por lesiones agravadas para el agresor y había acusado a la víctima de un intento de agresión sexual, demandando 4 años de cárcel para ella. Por su parte, la víctima exigía 9 años de prisión para el acusado por homicidio en grado de tentativa, lo que fue contrarrestado por el propio agresor demandando la misma pena contra la víctima por presunta agresión sexual.
En su resolución, el tribunal desestima las acusaciones de agresión sexual, argumentando que no se ha presentado ninguna evidencia que valide la versión del coacusado, quien no está obligado a atestiguar en su defensa.
Respecto a las graves acciones del procesado, los magistrados enfatizan que, aunque las lesiones no pusieron en riesgo inmediato la vida de la víctima, fue un acto que merece ser calificado como intento de homicidio. Destacan que golpear a alguien indefenso en el suelo es potencialmente mortal, independientemente de la forma en que se use la pala.
Pese a la gravedad de su ataque, los jueces subrayan que el acusado no dio fin a la vida de la víctima en el suelo y optó por llamar a las fuerzas del orden y espera en el lugar del suceso.
Finalmente, la Audiencia considera que se debe tener en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas, dado que los hechos ocurrieron hace más de 3 años y 4 meses, y la instrucción del caso finalizó el 26 de junio de 2023, sin que se justificara el retraso en el proceso judicial.
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