Siete años de prisión por la violación de una menor de 14 años en Pamplona
La Audiencia de Navarra condena a 7 años de prisión a un joven que violó a una menor de 14 años en Pamplona en 2025. Expulsión y indemnización de 30.000 euros.
La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a siete años de prisión a un joven de 20 años en el momento de los hechos por violar a una menor de 14 en Pamplona. El tribunal apreció la atenuante analógica de intoxicación por alcohol y sustancias estupefacientes. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Los hechos ocurrieron la madrugada del 25 de mayo de 2025. La víctima salió con un grupo de amigas para celebrar el 18 cumpleaños de una de ellas; era la única menor del grupo. Tras encontrarse con el acusado, el grupo se trasladó a una bajera del barrio de Iturrama. Según la resolución judicial, la joven se quedó dormida y, posteriormente, el procesado se acostó en la misma cama y la agredió sexualmente aprovechando su sueño profundo. Al despertar, la menor lo apartó, y el acusado le pidió que no contara nada.
La sentencia establece además que el condenado será expulsado de España cuando acceda al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional, y no podrá regresar durante 10 años. Deberá mantenerse a más de 300 metros de la víctima durante 17 años, cumplir diez años de libertad vigilada tras la pena de prisión e indemnizarla con 30.000 euros por daño moral.
El tribunal considera acreditada la falta de consentimiento, al dar "total verosimilitud" al testimonio de la denunciante. Sin embargo, no estimó probado que el acusado conociera que la víctima tenía menos de 16 años, por lo que apreció un error de tipo previsto en el artículo 14.2 del Código Penal. Los magistrados señalan que, dadas las circunstancias, era "perfectamente asumible" que el acusado creyera que se trataba de una persona de más edad. Esta valoración explica que la pena no se haya agravado.
En el juicio, celebrado el 20 de octubre, la fiscalía pidió 13 años de prisión y la acusación particular 15, mientras que la defensa reclamó la absolución al considerar que las relaciones fueron consentidas. La condena puede recurrirse ante el TSJN, por lo que la resolución aún no es firme.