El TSJN confirma condena a enfermera por acceso no autorizado a historial de expareja
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado una condena de 2 años y 6 meses a una enfermera que accedió sin autorización al historial clínico de su expareja. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, establece que la acción constituye un delito de descubrimiento o revelación de secretos por funcionario público. La profesional, en su puesto en el Hospital de día del Servicio de Nefrología del Hospital Universitario de Navarra, accedió a la historia clínica durante más de 31 minutos, sin justificación asistencial o autorización. Esto provocó un estado de nerviosismo y alteración psicológica en el afectado, quien posteriormente requirió atención médica. La acusación y el Ministerio Fiscal solicitaron penas superiores, pero la Sala ha confirmado la sentencia en su totalidad, señalando que la prueba documental y testifical acredita el hecho ilícito. La resolución subraya la importancia de proteger la confidencialidad de los datos clínicos y la responsabilidad de los profesionales sanitarios. La decisión del TSJN refleja un compromiso con la protección de la privacidad y la ética en el ámbito sanitario, en un contexto donde la gestión de datos sensibles es cada vez más relevante. Mirando hacia el futuro, se espera que estos casos refuercen los protocolos de control y seguridad en los sistemas de información sanitaria, además de influir en la formación ética de los profesionales. La protección de la confidencialidad en sanidad sigue siendo un pilar fundamental en la confianza del sistema sanitario público y privado.