El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado una condena de 5 años de prisión impuesta a un joven de 20 años por violar a una menor tutelada de 16 en el centro educativo Aranguren, en Ilundáin. La sentencia también ha ratificado el resto de penas impuestas por un delito de abuso sexual.
De acuerdo con la sentencia, el procesado deberá indemnizar con 25.000 euros a la víctima, con la que no podrá acercarse ni comunicarse durante 8 años. Además, se le impondrá una medida de libertad vigilada de 7 años después de cumplir la pena privativa de libertad.
Según los hechos probados, la menor ingresó en febrero de 2020 en el centro educativo Aranguren bajo una medida judicial. Allí se encontró con el acusado, quien llevaba aproximadamente 4 años ingresado en el mismo lugar.
El 9 de junio, la menor y el inculpado coincidieron en el taller de pintura, donde tuvieron lugar los abusos sexuales denunciados. La víctima, atemorizada por creer que el acusado era el líder de una banda latina, decidió no contar lo sucedido a nadie por varios días.
No fue hasta el 30 de julio que la víctima tuvo que acudir a urgencias ginecológicas debido a un sangrado causado por una infección. Al regresar al centro educativo, finalmente le contó a su educadora y tutora lo sucedido el 9 de junio.
La tutela de la menor correspondía a la Comunidad de La Rioja en aquel momento, y fue dicha Comunidad la que interpuso la denuncia a pesar de la negativa de la víctima a hacerlo, por temor a ponerse en mayor peligro y situación de desprotección frente al acusado.
La Audiencia de Navarra condenó al acusado a 5 años de prisión por abuso sexual, pero lo absolvió de un delito de amenazas y de otro delito de abuso sexual por supuestos tocamientos.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, al desestimar el recurso de la defensa, avala las conclusiones del tribunal sentenciador en cuanto a la prueba de cargo. Considera que la valoración de la prueba documental y testifical no desvirtúa la realizada en la sentencia apelada.
En resumen, el hecho de que la víctima haya esperado más de un mes para relatar lo sucedido no es suficiente para poner en duda su veracidad, y por lo tanto, se mantiene la condena impuesta al acusado.