Trabajador de la depuradora de Corella fallece y responsable es condenado a un año de prisión.

Trabajador de la depuradora de Corella fallece y responsable es condenado a un año de prisión.

Un juez de Pamplona ha condenado a un año de prisión al jefe de obra de una empresa responsabilizando el fallecimiento de un trabajador en la depuradora de Corella en julio del 2018. El poseedor de la obra ha sido condenado por no tomar las precauciones necesarias con el manejo de aguas residuales y la exposición a gases que producen sulfuro de hidrógeno y monóxido de carbono. Según la sentencia, la concentración de monóxido de carbono fue lo suficientemente alta para que el trabajador se desvaneciera y cayera dentro del pozo.

El tribunal superior de Justicia de Navarra ha comunicado que la sentencia fue dictada el 6 de marzo pasado tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa. La pena de prisión se ha suspendido siempre y cuando no delinca en los próximos 2 años.

En el año 2018, se consideró necesario acometer unas obras de mejora en la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de la citada localidad. Una empresa en la que el acusado ejercía como jefe de obra y recurso preventivo se encargó de la construcción. Mientras realizaban las obras de mejora, se acordó la construcción de un pozo para la recogida provisional de las aguas residuales.

El pozo tuvo que ser recrecido, puesto que el lugar donde se había excavado era irregular y se habían sobrado las aguas residuales. Este hecho ocasionó que las aguas residuales actualmente rellenaran el pozo al no haber quitado previamente el tapón de ladrillo y mortero. El acusado, ignorando deliberadamente que lo que llenaba el pozo eran aguas residuales sin tratar, ordenó al trabajador de otra empresa que bajara al pozo para romper el tapón con un martillo.

El trabajador apenas ha bajado al pozo y ha dado unos cuatro o cinco golpes al tapón, comenzando a subir hacia el exterior. Cuando se encontraba casi en el exterior, se soltó de la escalera y se cayó desvanecido dentro del pozo, sobre las aguas estancadas. Falleció poco después.

El hermano del fallecido renunció a las acciones civiles y penales al haber sido indemnizado. Han pasado 4 años y 7 meses desde el momento de los hechos hasta la celebración del juicio, por lo que se ha considerado la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas para el delito de homicidio por imprudencia grave por el que el acusado ha sido condenado.

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