Crónica Navarra.

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Reclusa sentenciada a 18 años por matar a su compañera en prisión de Pamplona.

Reclusa sentenciada a 18 años por matar a su compañera en prisión de Pamplona.

En un reciente fallo judicial en Pamplona, una mujer ha sido condenada a 18 años de cárcel por el asesinato de su compañera de celda, un crimen perpetrado durante la noche del 7 al 8 de noviembre de 2021. La decisión de la magistrada sobre este fatídico suceso pone de relieve la gravedad del delito, que se ejecutó a través de asfixia.

La sentencia, que aún puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, incluye la responsabilidad civil subsidiaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Esta entidad tendrá que abonar indemnizaciones significativas, que ascienden a 148.096 euros a la hija menor de la víctima, 65.820 euros a su madre y 20.000 euros a la pareja sentimental de la fallecida.

La juez, además de la pena privativa de libertad, ha establecido que tras cumplir su condena, la reclusa deberá someterse a un régimen de libertad vigilada durante ocho años.

La víctima, que se encontraba en el centro penitenciario desde abril de 2021, había sido designada como reclusa de apoyo para el Programa de Prevención de Suicidios y pasaba las noches en la misma celda que la acusada.

Los hechos ocurrieron entre las 21:03 del 7 de noviembre y las 3:10 del día siguiente, cuando la acusada estranguló a su compañera en un ataque sorpresivo, utilizando un objeto de baja abrasividad como un antebrazo o una toalla para llevar a cabo el crimen.

Previo al trágico evento, la víctima había expresado su descontento con su rol de apoyo en el programa, informando a una funcionaria sobre su situación esa misma mañana. En una acción formal, había solicitado la renuncia a su puesto, alegando que estar en compañía de la acusada repercutía negativamente en su salud mental. Sin embargo, el centro penitenciario no tomó ninguna medida para garantizar su seguridad.

Durante el juicio, que se desarrolló entre el 30 de septiembre y el 3 de octubre, el jurado basó su veredicto en los testimonios de testigos y en informes forenses que respaldaron las pruebas presentadas en la corte.

La acusada, de 51 años, fue considerada culpable de asesinato, aunque se le reconoció una atenuante debido a una alteración psíquica originada por su severa adicción a las drogas.

En las demandas presentadas tras el veredicto, la fiscalía solicitó una pena de 19 años, mientras que la pareja de la víctima pidió 25. La representación de la madre y la hija menor, que contaba con tan solo 4 años en el momento del crimen, también pidió 15 años, una cifra respaldada por la defensa de la acusada.

El tribunal popular tuvo en cuenta la atenuante de alteración psíquica a causa de la dependencia de sustancias como la heroína y la cocaína desde su adolescencia, lo que fue considerado un factor que limitó las capacidades intelectuales y volitivas de la reclusa.

En su sentencia, la magistrada destacó la traición de la acusada al asesinar a la persona que estaba destinada a cuidar de ella, subrayando que la víctima no había actuado de manera hostil. Este abuso de confianza se tradujo en un mayor reproche, lo que influyó en la determinación de la pena.

Asimismo, la juez hizo hincapié en la responsabilidad civil de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, argumentando que el asesinato ocurrió en un centro penitenciario estatal debido a la falta de medidas adecuadas para proteger a la interna que fue asesinada, o por posibles deficiencias en la vigilancia del establecimiento.