• viernes 31 de marzo del 2023
728 x 90

Prisión para un culpado a 7 meses por quebrantar de manera reiterada la prohibición de estar comunicado con su expareja

img

Desde el pasado noviembre, el acusado remitió a la denunciante múltiples mensajes de WhatsApp, el último este miércoles

PAMPLONA, 13 Ene.

La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona dictaminó este jueves el ingreso en prisión de un culpado a 7 meses de prisión que quebrantó de manera reiterada la prohibición de comunicación que tenía respecto de su expareja.

El acusado, de nacionalidad ecuatoriana y de 43 años, ahora había sido culpado el 28 de enero de 2020, en sentencia estable, por el Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona por un delito de quebrantamiento como condena a la pena de 9 meses de prisión.

Asimismo, en otra causa incoada en 2022, se dictó por la parte del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona una orden protección donde se le prohibía tanto arrimarse al hogar de su expareja a menos de 300 metros como estar comunicado con ella por cualquier medio.

Sin embargo, según consta en la sentencia en este momento dictada, desde el mes de noviembre del pasado año el inculpado envío a la denunciante múltiples mensajes de WhatsApp. El último de ellos, que se lo remitió este miércoles, afirmaba lo siguiente: "No piensas que eres una tonta leer y no contestar (sic)".

En la comparecencia conmemorada en el juzgado, el Ministerio Fiscal consideró los hechos como constitutivos de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar con la agravante de reincidencia. Reclamó para el acusado una lástima de diez meses y 16 días de prisión, una solicitud a la que se adhirió la acusación especial, ejercida por la víctima.

El encausado, en presencia de su letrado, se mostró según con la pena pedida, con lo que se dictó instantaneamente sentencia de conformidad. Por este fundamento, así como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al culpado procedía reducirle la pena en una tercer parte por haber recibido los hechos y penas a lo largo de la tramitación de las diligencias urgentes. Así, la condena quedó en 210 días de prisión, o sea, 7 meses.

Seguidamente, tras el juicio veloz, la juez dio traslado a las partes a fin de que se pronunciaran sobre la conveniencia de suspender el ingreso en prisión. El fiscal se opuso a la suspensión dada la reiteración delictiva por este delito, la presencia de otro trámite por castigo de octubre de 2022, la situación irregular y la absoluta falta de arraigo en España del procesado, tal como por visto que tiene pendiente de materializarse su expulsión del territorio nacional.

Al respecto, la juez acreditó la posición del Ministerio Fiscal y acordó este jueves en exactamente la misma sentencia el "inmediato" ingreso en prisión del culpado.

Más información

Prisión para un culpado a 7 meses por quebrantar de manera reiterada la prohibición de estar comunicado con su expareja