Crónica Navarra.

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El TSJN ratifica pena de 12 años de cárcel para un hombre por violar a su hermanastra en Pamplona.

El TSJN ratifica pena de 12 años de cárcel para un hombre por violar a su hermanastra en Pamplona.

En un fallo reciente que ha capturado la atención de la opinión pública, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha decidido mantener la condena de 12 años de prisión para un hombre que, entre marzo y abril de 2020, cometió agresiones sexuales en perjuicio de su hermanastra en su hogar en Pamplona. La decisión se alinea con la sentencia emitida por la Audiencia Provincial en mayo y está sujeta a posible apelación ante el Tribunal Supremo.

La sanción ratificada no solo incluye la privación de libertad del condenado, originario de la República Dominicana, sino que también establece una orden de alejamiento de 200 metros de la víctima durante un periodo de 15 años. Además, deberá someterse a un régimen de libertad vigilada que se ejecutará tras completar su pena, vinculando así su retorno a la sociedad a un control riguroso.

Con respecto a la compensación económica, el hombre deberá indemnizar a su hermanastra con 25.000 euros por los daños morales sufridos, más 855 euros por los gastos relacionados con las lesiones que le causó. Este aspecto del fallo se añade como un intento de reparar en parte el grave daño psicológico y físico infligido a la víctima.

La primera agresión tuvo lugar el 16 de marzo de 2020, en un contexto complicado donde la joven, por entonces de 17 años, había discutido con su padre. Al sentirse alterada, se retiró a su habitación, donde estaba sola. La intervención del acusador, que entonces contaba con 20 años y con quien previamente había tenido una relación efímera, desencadenó un episodio violento que sí se pudo documentar en el juicio.

Mientras conversaban, el joven inició una serie de tocamientos a los que la víctima se opuso firmemente, sin embargo, se vio superada por la fuerza del agresor y fue violada. Esta situación fue presentada en el juicio como una manifestación de abuso de poder, considerando la vulnerabilidad de la denunciante en ese momento.

Un mes después, en abril, volvió a ser objeto de agresión. En esta ocasión, se despertó para encontrar al acusado nuevamente tocándola. A pesar de sus intentos por resistir y llamar a su padre, el joven la íntimida al cubrir su boca con fuerza, causándole una lesión que requirió atención médica. Este episodio refuerza el patrón de agresiones que ha afectado gravemente a la salud mental de la víctima.

Como resultado de estos actos, la mujer ha desarrollado varios problemas emocionales, incluyendo ansiedad y depresión, lo que ha sido corroborado en múltiples informes, tanto médicos como psicológicos. La Audiencia ha calificado su testimonio como veraz y coherente, confirmando que no presentó contradicciones durante el proceso judicial.

El tribunal fundamentó su decisión en una serie de evidencias, incluyendo un informe forense que corroboraba las lesiones ocasionadas en la mandíbula de la víctima. De este modo, se dictó una pena de 9 años por el primer delito de agresión sexual y 3 años por el segundo, ambos con violencia y uno de ellos con penetración.

A pesar de la apelación del acusado, que buscaba la absolución o una reducción de la pena, el TSJN ha validado todas las pruebas presentadas, subrayando la consistencia en el relato de la víctima. La Sala ha tenido en cuenta tanto la gravedad de las agresiones como la vulnerabilidad inherente a la edad de la mujer, quien era menor al momento de los delitos.

Por último, el tribunal ha desestimado cualquier posibilidad de atenuación de penas, argumentando que los retrasos en el proceso judicial se debieron a diligencias solicitadas por la propia defensa, consolidando así la firmeza del fallo.