Crónica Navarra.

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El TSJN ratifica 14 años de cárcel para hombre que agredió sexualmente a su ex pareja en dos ocasiones.

El TSJN ratifica 14 años de cárcel para hombre que agredió sexualmente a su ex pareja en dos ocasiones.

PAMPLONA, 25 de septiembre.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado una sentencia que condena a un individuo a un total de 14 años de cárcel por dos violaciones a su expareja, ocurridas en un municipio de la comarca de Pamplona. Esta decisión sigue a la condena inicial dictada en junio por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial.

La resolución del TSJN se refiere a dos crímenes: uno de abuso sexual con penetración, que conlleva una pena de siete años, y otro por agresión sexual, que suma otros siete. Además, el condenado estará prohibido de acercarse o comunicarse con la víctima a menos de 500 metros durante un periodo de 16 años y, tras cumplir su condena, estará bajo libertad vigilada durante 20 años. También se ha dictado que deberá indemnizar a la víctima con 10.000 euros.

La pareja tuvo una relación que se extendió por 15 años, similar a un matrimonio, pero que comenzó a deteriorarse con el tiempo. La mujer puso fin a la relación el 12 de julio de 2022. A pesar de la ruptura, ambos continuaron viviendo bajo el mismo techo, en habitaciones separadas, hasta noviembre del mismo año.

Los delitos fueron cometidos en diferentes ocasiones. El primero, el 14 de agosto, ocurrió cuando la denunciada regresó a casa tras haber consumido alcohol, momento que el acusado aprovechó para forzar relaciones sexuales, a pesar de que la mujer se mostró en contra.

De manera similar, el segundo incidente se produjo el 9 de octubre, cuando la mujer regresó a casa bajo la influencia de marihuana, tras salir con una amiga. El acusado, que había sido llamado por ella para que la recogiera, se aprovechó de su estado para mantener relaciones sexuales sin su consentimiento.

Los efectos de estos sucesos han dejado a la víctima lidiando con síntomas de depresión y ansiedad. La defensa del condenado apeló la sentencia ante el TSJN, buscando su absolución, mientras que la fiscalía y la acusación particular abogaron por la confirmación del fallo judicial.

En su resolución, el Tribunal se enfocó en la cuestión del consentimiento de la denunciante. Ella expresó de manera clara que nunca dio su aprobación para mantener relaciones con el procesado, subrayando que en ambos incidentes no estaba en condiciones de consentir.

El TSJN destaca que no hay razón para dudar del testimonio de la víctima, quien siempre ha afirmado la falta de consentimiento. Esto está respaldado por pruebas objetivas que corroboran su versión de los hechos, según la Sala.

Además, dos testigos confirmaron que la mujer estaba visiblemente ebria el día del primer delito, hasta el punto de que decidieron acompañarla a su hogar para asegurar su seguridad. El propio acusado admitió que la mujer había estado bebiendo, aunque insistió en que la relación sexual fue consensuada.

Respecto al segundo incidente, el Tribunal concluyó que la mujer, bajo los efectos del alcohol y la marihuana, no tenía la capacidad necesaria para resistir ante la agresión sexual, corroborando así la falta de consentimiento.

El fallo judicial considera convincente el testimonio de la denunciante, sin sospechas de motivos ocultos. Los jueces han evidenciado la claridad y consistencia de su relato, que ha sido respaldado por diversas pruebas.

En definitiva, el Tribunal ha llegado a la conclusión de que el estado de incapacidad de la denunciante fue aprovechado por el acusado para llevar a cabo los actos sexuales, confirmando así, en el primer caso, la oposición expresa de la mujer y, en el segundo, la ausencia total de consentimiento.