Conductor drogado condenado a 5 años de prisión por accidente fatal confirmado por TSJN.

Conductor drogado condenado a 5 años de prisión por accidente fatal confirmado por TSJN.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a prisión de 5 años y un día impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial a un conductor que provocó un accidente en enero de 2020 en la carretera N-121-A, en el que fallecieron dos personas y tres más resultaron heridas. El conductor se encontraba bajo los efectos de las drogas consumidas en el momento del accidente. El TSJN ha señalado que la culpabilidad del acusado en el desgraciado accidente que ocasionó la muerte de dos jóvenes ha quedado fuera de toda duda.

La sentencia condena al procesado, A.M.L., como autor de un delito de conducción temeraria bajo la influencia de drogas, en concurso con dos delitos de homicidio por imprudencia grave y tres delitos de lesiones por imprudencia. La Audiencia Provincial estimó en su conducta la concurrencia de la atenuante de reparación del daño, ya que con anterioridad al juicio consignó 25.000 euros para que se pusieran a disposición de las víctimas. La defensa pretendía considerar una atenuante muy cualificada de reparación del daño la consignación de 25.000 euros, tres días antes del juicio, pero el TSJN ha rechazado esta petición y ha especificado que la cantidad consignada no alcanza ni el 10% de las indemnizaciones totales.

El procesado conducía un vehículo todoterreno por la carretera N-121-A (Pamplona-Behobia) bajo la influencia de las drogas. El elevado consumo de la droga le produjo una sensación de agotamiento y pérdida de atención, lo que determinó que realizara una conducción irregular con maniobras extrañas, como frenar en una recta cuesta arriba en la que no había ningún obstáculo o peligro, frenar con indecisión, invadir un poco con las ruedas el carril contrario e invadir el arcén con las dos ruedas laterales derechas.

A consecuencia del accidente fallecieron dos ocupantes de un turismo y resultaron heridos el copiloto de ese coche, así como los ocupantes de otro turismo implicado en la colisión múltiple. El TSJN ha señalado que la colisión tuvo su origen en la invasión del carril contrario por parte del procesado y que fue consecuencia de la errática conducción del inculpado motivada por el consumo previo de sustancias estupefacientes.

En su sentencia, la Audiencia Provincial estableció que el inculpado y su compañía aseguradora abonaran las indemnizaciones a las víctimas por los daños sufridos en el accidente. El TSJN ha estimado parcialmente el recurso de la compañía aseguradora y ha revocado una de las indemnizaciones establecidas.

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Navarra