• lunes 27 de marzo del 2023
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Aprobado el dictamen con relación a la proposición de ley foral de peajes a camiones

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Se busca fijar una tasa a los automóviles pesados de transporte para recobrar y volver a invertir los costos de conservación de las vías

PAMPLONA, 15 Jun.

La Comisión de Cohesión Territorial del Parlamento de Navarra ha aprobado este miércoles el dictamen con relación a la proposición de ley foral reguladora del canon de empleo de las rutas de Navarra para camiones, una tasa cuya fecha de comienzo de cobro, a saber por el Gobierno de Navarra, "no va a poder ser posterior al 31 de diciembre de 2023".

La proposición de ley, impulsada por PSN, EH Bildu, Podemos y también I-E, tiene por objeto detallar un peaje de ciertas infraestructuras de la Red de Vías de Gran Capacidad de Navarra para producir una vía de financiación apuntada a subvencionar actuaciones de conservación y explotación viaria, tal como de construcción de novedosas infraestructuras y servicios socios. De modo "accesorio", una vez cumplidas las pretensiones precedentes, van a poder ocuparse una parte de los capital a la protección del medio ambiente o al promuevo equilibrado de las redes de transporte.

En el lapso del examen realizado en Comisión se han aprobado 8 de las 9 enmiendas discutidas, tres presentadas por Geroa Bai y cinco, todas y cada una de carácter técnico, suscritas por PSN, EH Bildu, Podemos y también I-E. Solo Navarra Suma ha votado en contra.

Las ediciones introducidas en el dictamen a instancias de Geroa Bai se limitan al período ordinario de abono de la tasa, a los recargos por demora en el pago y a la proporcionalidad del gravamen según el tonelaje del vehículo pesado.

Navarra Suma, por su lado, ha defendido la "suspensión de la efectividad de la regla hasta el momento en que el Estado implante el pago por empleo de rutas, con la intención de eludir que los ciudadanos de la Comunidad foral queden en peor situación que los del resto del territorio". PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos y también I-E se han contrario a la intención formulada vía enmienda.

Tras su toma en cuenta y una vez dictaminada, la proposición de ley foral reguladora del canon de empleo de las rutas de Navarra va a ser elevada a Pleno, de manera previsible el día 23 de junio, para su definitivo enfrentamiento y votación.

Según explicó el Legislativo foral en publicación oficial, la relación de vías y tramos sujetos a canon por empleo incluye 4 autovías, la del Norte (A-1), la Barranca (A-diez), Leitzaran (A-15) y la del Ebro (A-68), y una carretera de altas posibilidades (N-121-A), la Pamplona-Behobia.

La modificación y supresión de esta correlación va a ser potestad del Gobierno de Navarra. La obligación de pago se limita a automóviles pesados de transporte de mercancías con un peso máximo autorizado mayor a 3,5 toneladas (tasa 1) o mayor a 12 toneladas (tasa 2).

Quedan exentos los automóviles de la Administración Pública o de las compañías adjudicatarias de la conservación y cuidado de la infraestructura, aparte de los de urgencias, accidentes y esos otros dispensados según con la normativa social.

Para la detección, identificación y también imputación del gravamen se implantará un sistema abierto de fluído libre, sin detención de automóviles.

La cuantía de la tasa, que se abonará a través de dispositivo TAG o registro telemático, se va a fijar y actualizará asimismo dependiendo de la distancia transitada, el deterioro de la infraestructura y la suficiencia financiera del departamento, debiéndose asegurar, en cualquier caso, la igualdad de trato de los clientes según su nivel de empleo.

Con carácter general y en labras a una "mayor elasticidad", el abono de la tasa por infraestructura para automóviles pesados, prestación familiar de carácter público alineada con lo preparado en la ley foral 13/2000, va a deber formalizarse en los 60 días naturales siguientes a su devengo.

En las situaciones en los que no se abone en período el canon por empleo de la infraestructura viaria, la entidad gestora, que va a poder ser la Administración Foral o una sociedad pública construída al efecto, elaborará un requerimiento de pago con un recargo del 5%, diez% y el 20%, según se acredite el pago en el mes siguiente, hasta los tres meses siguientes o alén de este período.

De no materializarse el reintegro en el periodo de un par de meses desde la notificación al entusiasmado (a menos que medie oposición formal), se procederá a incoar un expediente sancionador para, por todos y cada uno de los métodos, incluyendo la vía de apremio, reclamar la liquidación de la deuda, una "infracción tipificada como suave y sancionada con multa de entre 300 y 1.500 euros".

Frente a las resoluciones similares con la administración y satisfacción del arbitrio, los apasionados van a poder interponer recurso administrativo.

En cuanto al régimen de los datos personales, esencialmente el número de la matrícula del vehículo y el alta o registro en el sistema de administración y pago del canon de empleo, se ceñirán a las finalidades propias de la ley.

La compromiso recaerá en el departamento competente en temas de rutas o en la sociedad pública que, en su caso, se forme al efecto.

Finalmente, se invoca la doctrina social a fin de comprobar el carácter "no discriminatorio" de una tasa que, a decir de sus proponentes, "descansa en la intención de remover distorsiones en el mercado de transportes para, "armonizando los sistemas de cobro y también implantando mecanismos equitativos de imputación, recobrar y volver a invertir los costos de conservación y administración de las vías", todo ello utilizando la "rivalidad única de Navarra en temas de rutas y caminos".

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