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Navarra 25 de Marzo de 2026 · 10:44h 3 min de lectura

Aierdi: Existen entidades más experimentadas que la OANA con un enfoque diferente sobre las VPO.

PAMPLONA, 25 de marzo. En una reciente comparecencia ante la comisión de investigación del Parlamento de Navarra, José Mari Aierdi, consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, expresó su desacuerdo con el informe emitido por la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra (OANA). Este informe califica de nula la adjudicación de 62 Viviendas de Protección Oficial (VPO) en Erripañaga a la UTE Acciona-Servinabar, un proceso que tuvo lugar en 2018, cuando Aierdi ocupaba el cargo de gerente de la sociedad pública Nasuvinsa.

Aierdi, quien manifestó su respeto hacia la OANA, argumentó que existen otros organismos con más experiencia y antecedentes, como la Cámara de Comptos y la Intervención General del Gobierno de Navarra, cuyas opiniones contradicen las hallazgos de la OANA. En este sentido, subrayó la importancia de considerar la orientación de estos organismos más establecidos en lugar de basarse únicamente en el informe de la oficina anticorrupción.

El consejero mostró su sorpresa e indignación al recibir el informe, afirmando que no podía estar de acuerdo con su contenido. En particular, criticó lo que considera una interpretación errónea de la situación contractual. Según Aierdi, al momento en que la OANA realizó su evaluación, Nasuvinsa aún no había presentado la resolución que autorizaba la contratación, que posteriormente fue confirmada en una resolución oficial del 27 de diciembre de 2018, por parte del consejero de Inclusión y Protección Social.

Aierdi sostuvo que la conclusión jurídica de la OANA es incorrecta, ya que contaba con información no adecuada. A su juicio, la promoción de las 62 VPO sí contaba con la debida autorización y cumplía con las normativas establecidas al momento de la adjudicación.

Durante la sesión, el parlamentario de UPN, Juan Luis Sánchez de Muniáin, interrogó a Aierdi sobre la falta de procedimientos preparatorios y la ausencia de un presidente en la mesa de contratación, tal como señalaba la OANA. Aierdi respondió que la ley foral de contratos públicos no se aplica a las sociedades públicas, y enfatizó que en el momento de la contratación no existía la obligación de nombrar un presidente para las mesas de licitación, contrariamente a lo que sostenía el informe de la OANA.

En su defensa, Aierdi argumentó que en Nasuvinsa se contaba con asesoría jurídica que seguía las directrices de la Corporación Pública Empresarial de Navarra (CPEN). Además, destacó que todas las sociedades públicas están bajo la dependencia de la CPEN y que el criterio general sobre contrataciones se respetaba de manera uniforme dentro de la entidad.

El exgerente de Nasuvinsa también enfatizó que los servicios jurídicos de las sociedades públicas deben alinearse con los criterios del Gobierno de Navarra y la CPEN, y que sería incoherente no seguir estas instrucciones. A pesar de esto, Aierdi reconoció la importancia de la falta de actas de la mesa de contratación, un hecho que consideró relevante y que lo llevó a investigar más sobre el tema. Afirmó que el secretario de la mesa en ese momento le aseguró que existían actas, pero que no lograron ser localizadas, lo que Aierdi catalogó como una deficiencia del procedimiento.

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